Se seguía esperando la rectificación de oficio de la controvertida y polémica sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que, en sus considerandos, plantea que los medios de comunicación no difundan interceptaciones y grabaciones telefónicas sin orden de los interlocutores o por mandato judicial, bajo responsabilidad penal.
Ernesto Álvarez Miranda, uno de los integrantes del tribunal que apoyó el fallo-mordaza, adelantó la noche del viernes que “en las próximas horas” se estaría emitiendo la aclaración respecto a los fundamentos doctrinales de la sentencia (Exp. No 00655-2010-TC), que en el segundo párrafo del ítem 23º prohíbe la difusión de audios chuponeados.
Fuentes en ese organismo, señalaron, sin embargo, que el documento en cuestión ya está redactado y que, más que aclaratorio, sería de rectificación, aunque trascendió que su publicación depende del presidente de este organismo, Carlos Mesía, quien ayer viajó fuera de Lima.
El texto, del que discrepan cuatro de los siete magistrados en lo que respecta a recortar la libertada de expresión, podría ser colgado mañana lunes en la página web.
Fundamento inaplicable
En diálogo con LA PRIMERA, el magistrado Fernando Calle señaló que con cuatro votos en contra, el fundamento doctrinal de la sentencia -que incluye el polémico párrafo-, resulta inaplicable, pese a que los siete magistrados coinciden en la improcedencia del hábeas corpus presentado por la esposa de Alberto Químper, principal implicado junto a Rómulo León Alegría, en el caso de los “petroaudios”.
Cuando se publicó la sentencia, solo dos de los siete magistrados del TC -Ricardo Beaumont y Juan Vergara Gotteli-, habían discrepado con la fundamentación del fallo, pero luego del escándalo aparecieron los fundamentos en contra de Óscar Urviola y de Fernando Calle.
Calle dijo a este diario que hizo la subsanación dentro del plazo respectivo, por estar en desacuerdo principalmente con el fundamento del párrafo 23º, así como con algunos aspecto del 20º y 22º.
Según su escueta fundamentación, al resolver la causa planteada por la esposa de Químper, no ve la necesidad de insertar referencias sobre prohibir la divulgación de información preveniente de interceptaciones telefónicas, las cuales no han sido provocadas por los medios de comunicación y ante quienes no ha sido presentada la denuncia.
En tal sentido, el magistrado enfatiza en su voto que no suscribe la alusión a los medios de comunicación, la cual califica como impertinente.
Tres tristes
Con el voto de Calle, junto al de Urviola y sumados los de Beaumont y Vergara Gotelli, el presidente del TC, solo cuenta con el respaldo de Álvarez Miranda (vicepresidente del colegiado) y del magistrado Gerardo Eto Cruz.
Beaumont estimó que si bien existen límites a la libertad de expresión y de información que ejercen los medios de comunicación, no es pertinente tomar medidas penales contra ellos, a los que debe exhortarse al autocontrol.
Por su parte, Vergara Gotelli señaló que poner una “mordaza o censurar determinada información constituye una intromisión ilegítima en los medios de comunicación”.
Cipriani sí quiere la mordaza
El cardenal Juan Luis Cipriani defendió el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que prohíbe a los medios de comunicación difundir audios interceptados de manera ilegal. “Es un tema en que no podemos decir blanco o negro, ha llegado el momento de decir o hay valor superior que es el respeto a los demás, lo que llaman autocensura, o existe el vale todo”, señaló el conservador prelado del Opus Dei y ligado al Fujimorismo.
Dijo que hay que poner las cosas en orden, ante un “cargamontón” contra el Tribunal Constitucional. “Probablemente se pueda corregir la sentencia o haya un exceso, pero me pongo en el otro lado, entonces las empresas chuponeadoras, que se multipliquen”, afirmó.
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